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Carlos Gutierre Presidente Club Fortín Victoria y Oscar Pablo Catán Presidente del Consejo Provincial del Deporte |
PROVINCIA
DE SANTA FE
Ministerio de
Desarrollo Social
Secretaría de
Desarrollo Deportivo
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DISPOSICIÓN Nº 00210
SANTA FE 03 NOV 2016
VISTO:
El expediente Nº
01504-0001306-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada
actuación se gestiona otorgar la respectiva Personería Deportiva, a favor del CLUB FORTIN VICTORIA DE BELLA VISTA F. C.,
de la localidad de Rosario – Departamento Homónimo;
Que la entidad peticionante ha
dado cumplimiento a lo establecido en el artículo de la ley 10554, en lo que
respecta a los requisitos requeridos como Entidad
de Primer Grado;
Que la entidad mencionada,
cuenta con Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 0334/1973 que se
encuentra vigente;
Que el reconocimiento como
persona deportiva, constituye una condición fundamental e imprescindible para
participar en el deporte organizado y poder así gozar de los beneficios económicos
que otorga la norma del deporte;
Que ha tomado debida
intervención el Estamento Jurídico de la Secretaría de Desarrollo Deportico;
Que el requerimiento se
diligencia conforme a las atribuciones que le confieren los Decretos Nº 070/15,
Decreto Nº 0325/15 y lo normado por ley 10554 en su Título X – Personería Deportivo;
ES COPIA FIEL
DEL ORIGINAL
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ES COPIA FIEL
DEL ORIGINAL
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C.P.N. CELIA DEL CARMEN VILA
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DR. LUIS EDUARDO HOLZER
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DIRECTORA GENERAL DE DEPORTES
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SUBDIRECTOR
GENERAL DE DEPORTES
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SECRETARIA DE DESARROLLO DEPORTIVO
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SECRETARIA
DE DESARROLLO DEPORTIVO
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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
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MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL
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POR ELLO:
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO PROVINCIAL DEL DEPORTE
DISPONE:
ARTICULO 1º: Otorgar a favor del CLUB FORTIN VICTORIA DE BELLA VISTA F. C., de la localidad de
Rosario – Departamento Homónimo, la Personería Deportiva Nº 597/2016, como ENTIDAD DE PRIMER GRADO, con los
alcances y finalidades de la ley 10554.
ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese y archívese-
LIC. OSCAR PABLO CATAN
Presidente de CO.PRO.DE.
Capital Privado - Ley 10.554 - Programa de Aportes Provinciales para Infraestructura Deportiva en Clubes
Este programa permite que empresas del sector privado se conviertan en socios estratégicos para el desarrollo de la infraestructura deportiva de los clubes o instituciones primarias de su localidad o de la provincia, aportando hasta un 20% de lo que abonan en concepto de impuestos sobre Ingresos Brutos.
Se ejecuta a través del CoProDe (Consejo Provincial del Deporte) bajo el Decreto Nº 1900 (Agosto de 2008) y luego de más de doce años de intervención comenzó a sesionar en 2008 según lo establece la ley provincial Nº 10.554.
Los requisitos para que los clubes puedan acceder son contar con personería jurídica y deportiva, solicitar el ingreso pudiendo utilizar los aportes sólo para la realización de proyectos vinculados a infraestructura deportiva.
A través de este programa se pueden adquirir también equipamiento. Al igual que la entrega de la Personería Deportiva, dónde además se acompaña a las instituciones en la gestión de la misma.
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Carlos